Gestion Tecnológica

Bienvenidos a
nuestro BLOG, somos un
Grupo de Estudiantes de la Universidad Simón Rodríguez Núcleo San Juan de Los
Morros, actualmente cursando la
materia de Gestión de Tecnología. Integrado
Por: Darley CastilloCI 20.033.083 y Yonathan Valbuena CI 21.260.000. Esperamos
sea de su agrado.


miércoles, 9 de mayo de 2012

Intercambios Tecnológicos



Intercambios Tecnológicos:

Convenios Internacionales en el ramo tecnológico de Venezuela  con otros países.
El gobierno venezolano ha realizado acuerdos bilaterales con todos los países del continente americano desde Canadá hasta Argentina, en distintos aspectos y diferentes áreas de interés. Esto hace que la política exterior venezolana sea netamente activa. Uno de los tratados más importantes es el MERCOSUR, La incursión de Venezuela en los mercados de Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay (MERCOSUR) se ha decidido como política exterior del Estado, pero se hará efectiva mediante el dinamismo y la participación directa de los empresarios locales y esto es considerado punto de incisión directa e indirecta por parte de este tratado, porque entra en juego el parque industrial venezolano, todos tienen que buscar la manera de ser más competitivos y este punto en un desafío para la gerencia venezolana.

No obstante, hay otros acuerdos de carácter importante como el G-3, El Grupo de los Tres es un tratado de libre comercio. Este tratado, contempla un programa de desgravación lineal y automática (reducción arancelaria del 10% anual), que debería conducir a una Zona de Libre Comercio entre sus miembros. Además de los asuntos propiamente comerciales se incluyen en el acuerdo normas sobre inversión, servicios, propiedad intelectual y compras gubernamentales. Países Miembros: Colombia, México y Venezuela. ALADI otro ejemplo; La Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) es un organismo intergubernamental que, continuando el proceso iniciado por la ALALC en el año 1960, promueve la expansión de la integración de la región, a fin de asegurar su desarrollo económico - social. Países Miembros: Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, México, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela. Quizás los que posiblemente dejen mayor valor agregado tecnológico, el tratado económico-energético entre Rusia y Venezuela, así como el tecnológico entre China y Venezuela.
Acuerdo de Complementación Económica No 27 Brasil-Venezuela

Efectivo a partir del 15 Julio 1997, estableció la conveniencia de ofrecer a los agentes económicos reglas claras y previsibles para el desarrollo del comercio y la inversión, propiciando una participación más activa en las relaciones económicas y comerciales entre Venezuela y el Brasil, en el marco de la Comunidad Andina.
Ahora Brasil y Venezuela inician una nueva era de negociaciones abundantes en materia energética, conscientes de la importancia que esta fuente de energía tiene en el comercio internacional.
Venezuela y Ecuador firman cuatro convenios en materia energética
Los instrumentos se firmaron a través del Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo de Venezuela, y el Ministerio de Energía y Minas de Ecuador. Uno de los acuerdos propone el desarrollo de proyectos en el área de gas licuado y petróleo en suelo ecuatoriano. Ecuador se suma a los estudios de cuantificación y certificación de las reservas en la Faja Petrolífera del Orinoco Isla de Margarita, Nueva Esparta. Atendiendo a los lineamientos de la política energética de la República Bolivariana de Venezuela y la República de Ecuador, estas dos naciones, a través de los ministerios de Energía y Petróleo de Venezuela y Energía y Minas de Ecuador, firmaron cuatro importantes acuerdos de cooperación en el área energética.
El primero fue el Acuerdo para la Instrumentación de la Cooperación en el Sector Energético, que tiene el propósito de desarrollar los proyectos conjuntos en el área de hidrocarburos, gas y electricidad.
Dentro del Proyecto conjunto ITT, se suscribió el Convenio para la realización del estudio de cuantificación y certificación de las reservas de los yacimientos existentes en el campo Ishpingo, Tambococha y Tiputini (ITT), de Ecuador. Así como en lo que respecta al Proyecto conjunto de la Faja Petrolífera del Orinoco, se firmó un Convenio para la realización del estudio de cuantificación y certificación de las reservas de los yacimientos existentes en el bloque 5 del área Ayacucho de la Faja Petrolífera del Orinoco, en el estado Anzoátegui.
Otro de los documentos fue el Memorando de entendimiento para la cooperación en el área de gas licuado, de petróleo y gas natural entre el Ministerio del Poder Popular para la Energía y Petróleo de Venezuela, y el Ministerio de Energía y Minas de Ecuador, con la finalidad de realizarse las evaluaciones técnicas, operacionales, financieras, legales que sean requeridas para definir la factibilidad de llevar a cabo proyectos en Ecuador en esta área, y las modalidades asociativas que serían utilizadas al efecto, tales como: empresas mixtas, alianzas estratégicas u otra modalidad de asociación permitida por los ordenamientos jurídicos de las partes.
Venezuela y China acuerdan proyectos en materia energética
La firma de éstos estuvo a cargo del mandatario nacional Hugo Chávez Frías y el jefe de la Comisión Nacional de Reforma y Desarrollo de China, Zhang Ping, entre otras autoridades de ambos países, durante el acto de clausura del VIII encuentro de la comisión Mixta desde el teatro de la Academia Militar, en Caracas.
Los nuevos convenios se insertan en las áreas energéticas para exploración y producción en bloques Junín 8 y Boyacá 3 de la Faja Petrolífera del Orinoco.
Igualmente establecieron un contrato de suministro de crudo y productos entre Pdvsa y Petro China para suministrar 500 mil barriles diarios.
Asimismo acordaron la cooperación para producción y cría de peces y camarones, creación de nuevas empresas mixtas entre otras.
Hasta el momento los acuerdos comerciales entre China y Venezuela alcanzan la cifra de 10 mil millones de dólares, sin incluir los nuevos once y el Fondo Bilateral que se incrementó en el 2009 a 12mil millones de dólares.
Venezuela y Japón suscriben 12 acuerdos en materia energética
Estos proyectos serán introducidos en la Faja Petrolífera del Orinoco, el mayor reservorio de crudo venezolano, ya que se encuentran 4 memorandos de entendimiento entre Petróleos de Venezuela (PDVSA) y las empresas japonesas Marubeni, Itochu, Mitsubishi y Mitsui, sobre una propuesta de participación en una empresa mixta para el proyecto Gran Mariscal Sucre.
Aportes Resaltantes:
En lo Económico
Existen oportunidades para las empresas venezolanas de incursionar en otros mercados mediante el uso de los tratados económicos y culturales.El empresario estaría en capacidad de medir sus ventajas competitivas ante otras empresas con el uso de herramientas administrativas para el desarrollo de su actividad comercial Ocupar vacíos en los mercados de productos que tengan cierta escasez.I dentificar los mercados emergentes.
En lo Político
El gobierno tiene muchas oportunidades de mantener ese dinamismo en su política exterior y gracias a ese dinamismo puede seguir haciendo tratados en cualquier área. Mantener buenas relaciones internacionales con demás países y empresas tanto por parte del estado como de los empresarios venezolanos.
En lo Educativo
Se podría evitar la fuga de capital intelectual humano hacia los países mas desarrollados, al haber tratados educativos donde el profesional logre capacitarse en instituciones universitarias de países asociados a estos tratados, se estaría dando el mayor provecho al profesional venezolano ubicándolo luego en proyectos bilaterales por ejemplo.
En lo geopolítico
Debido a la ubicación estratégica de Venezuela, se pueden seguir desarrollando con empresas asociadas, tratados de navegación y cualquier otro que sea de área similar, por ejemplo del ramo militar.
Fortalezas

En lo Económico
Venezuela en todos sus tratados energéticos tiene una gran fortaleza que son las reservas de crudo y gas. A pesar de que durante el paro petrolero del 2002 la gran mayoría de los empleados salieron de PDVSA, existe un nuevo talento humano que hace un esfuerzo titánico a diario para mantener operatividad productiva y comercial, para poder cumplir con los compromisos nacionales e internacionales, entre ellos mantener los tratados actuales.


En lo Político


La dinámica y proactiva política de comercio exterior hace incursionar a Venezuela en el interés de otros países para estrechar relaciones y hacer tratados donde se beneficien ambos.


TECNOLOGIA DE LA INFORMACION BASADA EN EL ARTICULO NUMERO 16 DE LA LODCT.


Artículo 16. A las instituciones y organismos, públicos y privados, miembros del


Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, que soliciten participar en los


Programas de financiamiento ofrecidos por el Ministerio de Ciencia y Tecnología para la


Ejecución del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, se les podrá exigir recursos para cofinanciar estos programas. Los aportes respectivos se fijarán de mutuo acuerdo, tomando en cuenta las posibilidades y condiciones económicas de las partes involucradas.


 Criterios de ejecución del Plan. El desarrollo y ejecución del Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, y los mecanismos operativos del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación se regirán por los siguientes criterios:


1. Funcionamiento interactivo y coordinado entre los elementos, instituciones y normas que lo conforman.


2. Respeto a la pluralidad de enfoques teóricos y metodológicos, alentando la creación del conocimiento, estimulando los enfoques interdisciplinarios, multidisciplinarios y transdisciplinarios y disponiendo de la capacidad de adaptación necesaria para responder a las demandas de la sociedad.


3. Promoción de la descentralización estadal y municipal, de la desconcentración y del crecimiento armónico del país.


4. Establecimiento de alianzas estratégicas entre el sector público y privado en un marco que facilite la transferencia y el aprovechamiento de los conocimientos por la sociedad venezolana.


5. Promoción de la participación de los integrantes del Sistema y de otros miembros de la sociedad.


LA COMPUTADORA Y LA SOCIEDAD


Vivimos un momento de transición profunda entre una sociedad de corte industrial y otra marcada por el procesamiento de la informática y las telecomunicaciones; el uso de la información afecta de manera directa e indirecta en todos los ámbitos de la sociedad, y les imprime su sello de indiferencia entre los ricos y los pobres.


La información es inherente a la existencia de las personas y de las sociedades. Permite conocer la realidad, interactuar con el medio físico, apoyar la toma de decisiones y evaluar las acciones de individuos y de grupos. El aprovechamiento de la información propicia la mejoría de los niveles de bienestar y permite aumentar la productividad y competitividad de las naciones.


El mundo de hoy, está inmerso en una nueva revolución tecnológica basada en la informática, que encuentra su principal impulso en el acceso y en la capacidad de procesamiento de información sobre todos los temas y sectores de la actividad humana. Ha contribuido a que culturas y sociedades se transformen aceleradamente tanto económica, como social y políticamente, con el objetivo fundamental de alcanzar con plenitud sus potencialidades.


LEY ESPECIAL CONTRA DELITOS INFORMÁTICOS


 Esta ley fue promulgada por la Asamblea Nacional el 4 de Septiembre de 2001 y publicada en Gaceta Oficial el 30 de Octubre de 2001. Y pretende ofrecer una legislación sobre los delitos contra las tecnologías de información o haciendo uso de estás. Esta ley consta de 32 artículos y está dividida en 4 títulos: un primer título donde se definen algunos términos básicos relacionados a las Tecnologías de la Información (T.I), en el segundo se especifican los delitos que se penan en la ley y su respectiva condena; en el tercer título las disposiciones generales y en el cuarto las disposiciones finales.


Entre Ventajas que ofrece esta Ley Especial:


Por primera vez se tiene una legislación que regule los delitos informáticos.


Se define un glosario de términos relacionados con las T.I, lo que ayuda a evitar confusiones.


Se condenan fuertemente delitos como el robo de la información personal, la pornografía infantil y la apropiación de la propiedad intelectual.


Entre las desventajas que ofrece tenemos:


No especifica los mecanismos e instituciones encargadas de actuar en caso de que se cometa un delito.


La ley es solo de carácter punitivo, no se hace referencia a otros aspectos de la seguridad de las T.I como los certificados digitales.


No ofrece regulaciones acerca del correcto uso de la Internet.


Existen delitos que están fuera de la legislación como el envió de correo electrónico no deseado.


Según Mendoza, Eugenio y Urdaneta Eugenio otras desventajas de la ley son:


La nueva Ley especial contra los delitos informáticos (LECDI) presenta deficiencias al tipificar los delitos; el carácter abierto de las redes, el continuo avance en el software y hardware; el carácter virtual de la informática; la necesidad de adiestramiento continuo, y la falta de adecuación del régimen probatorio con las características técnicas de estos nuevos delitos, constituyen los principales factores que limitan su persecución y penalización”


Y para Fernando Fernández las desventajas son:


“(I) Utiliza términos en el idioma inglés, cuando la Constitución solo autoriza el uso del castellano o lenguas indígenas en documentos oficiales;


(II) No tipifica delito alguno relativo a la seguridad e integridad de la firma electrónica y a su registro;


(III) La terminología utilizada es diferente a la de la Ley de Mensaje de Datos y Firmas Electrónicas, tal como se observa en la definición que hace del mensaje de datos con lo que se propicia un desorden conceptual de la legislación en materia electrónica;


(IV) Repite delitos ya existentes en el Código Penal y en otras leyes penales, a los cuales les agrega el medio empleado y la naturaleza intangible del bien afectado;


(V) Tutela los sistemas de información sin referirse a su contenido ni sus aplicaciones;


(VI) No tutela el uso debido de Internet;


(VII) Establece principios generales diferentes a los establecidos en el libro primero del Código Penal, con lo cual empeora la descodificación.”


Referencias Bibliográficas.



Fernando M. Fernández. RESUMEN DE LA LEY DE DELITOS INFORMÁTICOS DEVENEZUELA. Pagina Web: http://www.delitosinformaticos.com/estafas/delitosvenezuela.shtml

Fecha de Revisión: 09 de Abril de 2008.

Mendoza Vera, Eugenio E.; Urdaneta, Eugenio E. La telemática y los delitos informáticos en Venezuela. Revista Telematique.

Fecha: 01 de Enero de 2005. Pagina Web: http://www.accessmylibrary.com/coms2/summary_0286-32157385_ITM

Fecha de Revisión: 08 de Abril de 2008.

LEY ESPECIAL DE DELITOS INFORMATICOS. Pagina web: http://www.fiscalia.gov.ve/leyes/13-LEYDELITOSINFORMATICOS.pdf

Fecha de Revisión: 06 de Abril de 2008.

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